La ASOCIACIÓN DE PERITOS, INGENIEROS TÉCNICOS Y GRADUADOS EN INGENIERÍA DE LA RAMA INDUSTRIAL DE LEÓN, se constituye al amparo del artículo 22 de la Constitución Española, y Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Esta Asociación tendrá, con arreglo a las Leyes capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
El régimen de la Asociación está constituido por sus estatutos, aquellos reglamentos de régimen interno de los que se pueda dotar y los acuerdos válidamente adoptados por su Asamblea General y órganos directivos, dentro de la esfera de su respectiva competencia y del marco democrático de derecho, con respeto a la libertad asociativa y sin sufrir interferencia alguna de las administraciones. En lo no previsto se estará a lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.